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¿Cómo impugnar un despido?

Impugnar un despido nos permite manifestar nuestra disconformidad con la decisión de la empresa de dar por terminado nuestro contrato. Como resultado podremos obtener el amparo de los poderes públicos, lo que nos podría conducir a recuperar nuestro puesto de trabajo o, al menos, a cobrar una mayor indemnización.

En este artículo exploramos el proceso de impugnación del despido, así como las consecuencias que pueden derivarse de tal impugnación. Pero antes de empezar debemos destacar que los plazos para ejercitar nuestros derechos son muy cortos, por lo que conviene que busquemos asesoría legal lo antes posible.

El despido y su impugnación

Para entender la impugnación del despido debemos aclarar tres conceptos previamente:

  1. El despido es la extinción del contrato de trabajo por decisión unilateral de la empresa. Tengamos en cuenta que la libertad de empresa permite al empresario o empresaria gestionar sus recursos humanos de la forma que estime más conveniente. De modo que puede contratar o despedir a las personas integrantes de su plantilla de una forma prácticamente libre.
  2. Decimos “prácticamente” porque, en nuestro ordenamiento jurídico, para que el despido sea procedente debe fundarse en causas legales. Tales causas vienen recogidas en el Estatuto de los Trabadores, e incluyen factores como una mala situación económica de la empresa (despido objetivo) o incumplimientos graves y reiterados de la persona trabajadora (despido disciplinario).
    En caso de no respetarse tales causas legales no se impedirá que la empresa dé por concluida la relación laboral, pero sí se le obligará a abonar una indemnización. Como veremos más adelante, es probable que tenga que abonar tal indemnización incluso en casos de despido procedente.
  3. Además, existen algunos supuestos en que el puesto de trabajo está especialmente protegido. Por ejemplo, ocurre en los casos de discriminación (particularmente, enfermedades de larga duración y trabajadoras embarazadas) o cuando el despido se toma como represalia (indemnidad tras reivindicar derechos laborales o despido de cargos sindicales).

Así, la impugnación del despido trata de señalar la razón por la cual la decisión extintiva de la empresa no se ajusta a la legalidad. Es decir, por qué cae en uno de esos supuestos en que el despido no es completamente libre y debe, por tanto, bien indemnizarse o bien dejarse sin efectos.

Proceso de impugnación del despido

Por regla general, el proceso de impugnación del despido consta de dos etapas:

  1. En primer lugar intentaremos llegar a un acuerdo con la empresa.
  2. Si las negociaciones no son fructíferas, procederemos a recabar el auxilio de las autoridades por medio de la demanda ante el orden jurisdiccional social.

Ambas etapas se regulan en detalle en la Ley reguladora de la Jurisdicción Social.

El acto de conciliación o mediación

El acto de conciliación o mediación es un requisito previo a la presentación de la demanda, salvo en despidos colectivos o cuando se pretenda la defensa de derechos fundamentales o libertades públicas.

Para iniciar esta etapa deberemos presentar papeleta de conciliación, lo que suspenderá los plazos de caducidad e interrumpirá los de prescripción. En el siguiente apartado se entenderá la relevancia de estos plazos.

En futuros artículos profundizaremos sobre el acto de conciliación o mediación.

La demanda ante el orden social

Como hemos visto, salvo en contadas ocasiones, siempre necesitaremos tramitar la conciliación o mediación antes de acudir ante el juez. Intentada la conciliación tendremos que presentar una demanda para recabar su auxilio.

El mayor problema en este punto es que tan solo dispondremos de un plazo de 20 días hábiles para presentar la demanda. Por eso es importante detener los plazos mediante la presentación de la solicitud de conciliación y contactar con especialistas en la materia rápidamente.

De hecho, en el caso de que no estemos conformes con una carta de despido o de sospechar que vamos a ser objeto de un despido, es una buena idea ir contactando con laboralistas por si necesitamos su ayuda en un futuro.

Efectos de la impugnación

El objetivo de la impugnación de un despido no es más que obtener la calificación del mismo. De la calificación del despido dependerán sus efectos jurídicos, existiendo tres posibilidades:

  • Procedencia. Supone que la decisión extintiva de la empresa es acorde a los requisitos y formalidades exigidos por el ordenamiento jurídico.
  • Improcedencia. Supone la existencia de irregularidades. La propia empresa puede reconocer la improcedencia del despido desde el momento de comunicarlo o a lo largo de la conciliación.
  • Nulidad. Supone la existencia de irregularidades de especial gravedad. Esta calificación queda reservada al Juez y dejará sin efectos el despido.

La declaración de procedencia

Como decimos, un despido es procedente cuando es acorde a los requisitos y formalidades impuestos en el Estatuto de los Trabajadores. Que dé lugar o no a una indemnización dependerá del tipo de despido (sobre esto profundizaremos en futuros artículos). En cualquier caso, la declaración de procedencia del despido simplemente convalida sus efectos.

La declaración de improcedencia

El despido puede calificarse como improcedente cuando no se ajuste a la legalidad. Por ejemplo, puede que la empresa no haya concedido el correspondiente preaviso o que las razones alegadas en la carta de despido no sean ciertas. Cuando el Juez determina la improcedencia de la decisión extintiva la empresa tendrá que elegir entre pagar una mayor indemnización o readmitir a la persona trabajadora, abonándole los salarios de tramitación.

La declaración de nulidad

El despido se calificará como nulo cuando resulte discriminatorio o atente contra derechos fundamentales o libertades públicas. En estos casos quedará sin efectos, por lo que se deberá readmitir inmediatamente a la persona trabajadora y abonarle los salarios de tramitación. En su caso, se podrá exigir una indemnización por daños morales.

Como ves, al impugnar un despido abrimos varias posibilidades. Cada tipo de despido requiere una impugnación particular y cada declaración conlleva unos efectos, de los que aquí solo hemos recogido un resumen. Sigue nuestro blog si quieres conocer en detalle cada uno de estos elementos o contacta con nosotras si necesitas encontrar laboralistas para impugnar tu despido.

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