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¿Cuáles son tus derechos ante un incumplimiento de contrato?

El incumplimiento de contrato tiene lugar cuando una de las partes de un contrato no satisface su compromiso. Es importante destacar que los incumplimientos pueden ser totales o parciales. Dicho de otro modo, el hecho de cumplir con la obligación principal no implica que no vaya a derivarse una responsabilidad si se ha cumplido tardíamente o no se han satisfecho todos los términos acordados.

Por eso resulta clave la asistencia jurídica especializada tanto en la redacción como en la interpretación y, en su caso, reclamación de contratos. Una cláusula introducida a tiempo puede evitar complicaciones a la hora de reclamar por un incumplimiento de contrato.

Los contratos en el Ordenamiento Jurídico español

El Código Civil ofrece a las personas una amplia libertad a la hora de configurar un contrato. De hecho, el único límite son las estipulaciones contrarias a la ley, la moral y el orden público.

También existe libertad en un sentido formal, ya que los contratos pueden ser verbales o escritos sin que esto suponga una diferencia en su régimen de cumplimiento. Así, la principal ventaja del contrato escrito (que solo es obligatorio en determinados casos) es que se facilitará el régimen probatorio. Cuestión que, como veremos, tiene una gran importancia a la hora de reclamar por un incumplimiento contractual.

Sin embargo, una vez pactado el contrato (y salvo escasas excepciones) las partes quedan vinculadas férreamente al mismo. Así, estipula el artículo 1091 del Código civil que las obligaciones derivadas de contratos tienen fuerza de ley entre las partes y deben cumplirse a tenor de los mismos.

Pero, ¿qué significa que deban cumplirse a tenor del contrato? Y, ¿cómo se sanciona un eventual incumplimiento?

La responsabilidad contractual

Para responder a estas preguntas debemos analizar la responsabilidad contractual. Y el mejor modo de hacerlo es continuar con el análisis del Código Civil, que en su artículo 1101 indica que:

<<Quedan sujetos a la indemnización de los daños y perjuicios causados los que en el cumplimiento de sus obligaciones incurrieren en dolo, negligencia o morosidad, y los que de cualquier modo contravinieren al tenor de aquellas>>.

Esta es la base de la responsabilidad contractual, que es la que nace de un incumplimiento total o parcial de un contrato. Para exigirla es necesario acreditar:

  • Que ha habido un incumplimiento total o parcial de las obligaciones derivadas del contrato o del tenor del mismo.
  • O bien que ha habido un cumplimiento dañino a causa del dolo (voluntad), negligencia (accidente) o morosidad (tardanza) del deudor.
  • Además, se debe acreditar una relación causal entre la conducta del deudor y el daño efectivamente sufrido.
  • Por último, se debe cuantificar la indemnización, ya que no puede exigirse una indemnización sin justificarse la cuantía reclamada.

Como vemos, la dificultad que vamos a encontrar a la hora de reclamar una indemnización por incumplimiento de contrato es meramente probatoria. Escollo que podemos salvar si hemos sido suficientemente previsores y hemos incluido cláusulas de cautela en el propio contrato, como podrían ser las cláusulas penales o indemnizatorias.

Las acciones judiciales ante el incumplimiento de contrato

Con el fin de proteger el tráfico económico y jurídico, el Derecho Procesal pone a nuestra disposición varias posibilidades judiciales:

  • Por un lado, la reclamación de la indemnización por responsabilidad contractual, en los términos que ya hemos comentado. Pero tengamos en cuenta que esta acción no afecta al contrato en sí, sino que sustituye la obligación inicial por una obligación de pago.
  • Por otro lado, las acciones de cumplimiento forzoso y de resolución del contrato, que sí afectan a la obligación contractual. En este caso lo que exigimos es que el contrato se cumpla o se extinga, y no son incompatibles con la reclamación de una indemnización.

La acción de cumplimiento forzoso

Generalmente, si hemos celebrado un contrato es porque estamos interesados en que se cumpla. Por tanto, el Ordenamiento Jurídico pone a nuestra disposición la acción de cumplimiento forzoso, que nos permite exigir a la contraparte que cumpla con las obligaciones derivadas del contrato.

Si la contraparte persistiera en el incumplimiento del contrato el Juez podría mandar ejecutarlo a su costa. En los casos en que estas opciones no sean viables se abrirá la puerta a la indemnización.

La acción de resolución

Es probable que, en ocasiones, lo que nos interese no sea el cumplimiento del contrato, sino desvincularnos del mismo. Para estos casos existe la acción de resolución, que nos permitirá dejar sin efectos el contrato y devolver la situación jurídica a su estado anterior al del acuerdo.

Esto implica que las partes (al margen de las eventuales indemnizaciones) deberán restituirse lo que hubieran obtenido por medio del intercambio. Por ejemplo, al resolver un contrato de compraventa, el vendedor deberá recibir su mercancía y devolver el precio abonado por el comprador.

Conclusión: qué hacer ante el incumplimiento de contrato

En definitiva, el incumplimiento de contrato hace que la parte que no haya satisfecho sus obligaciones sea responsable de todos los daños y perjuicios derivados. Además, otorga a su contraparte la posibilidad de reclamar judicialmente el cumplimiento forzoso o bien la extinción del contrato.

Pero lo más frecuente en estos escenarios, antes de acudir a la vía judicial, es buscar soluciones amistosas. Para ello es recomendable contar con la asistencia de un civilista experimentado, que otorgará un plazo para el cumplimiento por vías fehacientes (como un burofax).

También es probable que la solución extrajudicial se busque recurriendo a métodos alternativos de resolución de conflictos, como la mediación, el arbitraje o la conciliación. En estos casos intervendrá un tercero imparcial, con mayor o menor capacidad decisoria, para tratar de resolver el problema sin llegar a los Tribunales.

Si el intento extrajudicial fracasa se podrá presentar demanda de juicio ordinario, verbal o procedimiento monitorio, dependiendo de la naturaleza y cuantía de la obligación incumplida. Esta vía es la más costosa desde un punto de vista temporal y económico, pero es la única que garantiza una resolución al conflicto.

En cualquier caso, el único modo de evitar llegar a este punto o minimizar la conflictividad del contrato es contando con la asesoría preventiva de un especialista en Derecho de Contratos y Obligaciones. La correcta redacción e interpretación del acuerdo será, en la mayoría de las ocasiones, la vía más rápida, sencilla, pacífica y económica para evitar o resolver el incumplimiento del contrato.

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